Legisladores de Puebla han propuesto sancionar las “terapias de conversión” aplicadas en la población LGBT de dicha entidad. Como se recordará, estas prácticas tienen el objetivo de obstaculizar, modificar o anular expresiones de género y orientaciones sexuales; para llevarlo a cabo, pueden usarse sesiones psicológicas y psiquiátricas, así como manifestaciones de violencia física y moral.
Durante la sesión del Congreso de Puebla del pasado 26 de mayo, la diputada Rocío García Olmedo presentó una iniciativa para reformar el Código Penal de dicha entidad en favor de los derechos del colectivo LGBT; en efecto, la integrante de la bancada del Partido Revolucionario Institucional (PRI) propuso tipificar como delito las terapias de conversión.
De aprobarse esta reforma, se considerará un delito contra la identidad de género el coaccionar, obligar o someter a una persona a recibir terapias de conversión; asimismo, la condena podrá elevarse a 12 años de prisión y a una multa de 358 mil 480 pesos. La propuesta se adicionaría a la séptima sección de “Delitos contra la orientación sexual o la identidad de género de las personas”.

En la actualidad, solamente la Ciudad de México (CDMX) y el Estado de México (Edomex) han aprobado la penalización de estos crímenes en el país. Sin embargo, otros congresos locales ya analizan propuestas al respecto; tal es el caso de Yucatán, Jalisco y Guanajuato.
Terapias de Conversión y ECOSIG
Las llamadas terapias de conversión o ECOSIG (esfuerzos para corregir la orientación sexual e identidad de género) emplean diversos métodos para modificar a las personas; las técnicas pueden abarcar desde terapias psicológicas hasta hipnosis, electrochoques y reclusión forzada. Ya que no existe evidencia científica de que pueda cambiar la orientación e identidad de una persona, tales prácticas constituyen una violación a los derechos humanos.
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