Se publicó la Ley Olimpia en el Diario Oficial de la Federación
La ley Olimpia protege a hombres y mujeres contra la violencia digital
Se dio a conocer que se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto mediante el que se adicionan algunas disposiciones en la Ley General de Acceso de las mujeres a una Vida Libre de Acceso de Violencia y al Código Penal Federal, mejor conocida como Ley Olimpia.
La Ley Olimpia trae consigo seguridad para la mujeres que son o han sido víctimas de violencia digital. Las personas que difundan contenido íntimo sexual como fotografías, videos y audios podrán enfrentar una pena de cárcel de hasta seis años. También se impone al agresor o agresora una multa desde los 44 mil hasta los 89 mil 620 pesos. Esta reforma fue aprobada el 29 de abril y fue celebrada por colectivos feministas, activistas y mujeres que han sido víctimas de algún tipo de violencia digital. Recientemente se dio a conocer que esta reforma ya fue publicada en el DOF.
En este sentido, el Artículo 199 se establece que comete el delito de violación a la intimidad sexual, aquella persona que comparta, divulgue o distribuya audios, imágenes, videos o audios de contenido íntimo y sexual de una persona que posea mayoría de edad, sin su consentimiento. Igualmente está penado que las personas videograben o audiograben, fotografien, impriman imágenes, audios o fotografías con contenido sexual de una tercera persona sin su consentimiento.
Se publicó en el DOF la Ley Olimpia. (Imagen: Pixabay)
Ante esta noticia, activistas y colectivos feministas aseguraron que la violencia digital tiene diferentes repercusiones en la salud mental de las mujeres. Se trata de un tipo de violencia emocional y psicológica que deriva en trastornos como la depresión y la ansiedad. Por ello, la Ley Olimpia, le ofrece a las víctimas la posibilidad de obtener justicia tras todo el abuso experimentado.
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