La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) despenalizó el aborto por violación luego que se le negara la interrupción del embarazo a una menor que fue víctima de abuso sexual.

La SCJN declaró como “inconstitucional” la despenalización del aborto en mujeres que fueron víctimas de violación después de los primeros meses de embarazo.

La medida se tomó luego de que se otorgó un amparo a una menor de edad, con parálisis cerebral severa y en condiciones de pobreza y marginación que fue víctima de violación en Chiapas. El Hospital General de Tapachula “Dr. Manuel Velasco Suárez”, se rehusó a practicarle el aborto.

SCJN despenaliza el aborto en casos de violación
(Imagen: Twitter @jufed_org)

En un comunicado, la SCJN informa que este es sinónimo de “un total desconocimiento de la dignidad humana y del libre desarrollo de la personalidad de las mujeres gestantes, cuyo embarazo no es producto de una decisión libre y consentida, sino resultado de conductas arbitrarias y violentas”

Por ello, la sala concluyó que la negativa del hospital a practicar el aborto, tanto la víctima como su madre vieron violados sus derechos humanos.

La menor logró interrumpir el embarazo. Sin embargo, tuvo que recurrir a un hospital privado. Esto no sólo le causó gastos adicionales, sino que también le dejó “secuelas físicas y psicológicas que pudo producir el hecho victimizante de la autoridad de salud local”.

SCJN despenaliza el aborto en casos de violación
(Imagen: Cuartoscuro)

“El Estado no puede obligar a la mujer víctima de una violación a asumir sacrificios en su persona,” se lee en el proyecto. Por lo tanto, ninguna mujer podrá ser penalizada en caso de abortar en caso de haber  sufrido abuso sexual.

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