La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional que legislaciones locales reconozcan la “vida humana desde la concepción” y así seguir descriminalizando el aborto.

El pasado martes 7 de septiembre, la SCJN declaró inconstitucional la penalización del aborto en México. Y el jueves 9 de septiembre votó por unanimidad para que se invalidara el Artículo 4 Bis A de la Constitución de Sinaloa. En él, se establecía que “el Estado tutela el derecho a la vida desde el momento en que un individuo es concebido”.

Durante la sesión, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, dijo que el artículo “trastoca el orden constitucional y los valores de un Estado laico, plural y democrático, e impone a las mujeres y personas gestantes una carga desproporcionada”.

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(Imagen: Cuartoscuro)

La relevancia de este debate porque en alrededor de 20 de estados de México se reformó la constitución local para que se reconozca “la vida humana desde la concepción”. Por lo tanto, el aborto está prohibido.

Si bien el fallo invalida únicamente la fracción del artículo previamente mencionado de la Constitución de Sinaloa, sentará un precedente para que se impugnen las reformas en otros estados.

En México, el aborto sólo ha sido despenalizado en cuatro estados: Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz. También podría sumarse Coahuila, tras haberse invalidado el artículo que sentenciaba a las mujeres que abortaban de manera voluntaria.

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