México

Es discriminatorio prohibir adoptar a homosexuales: Suprema Corte de Justicia

La Suprema Corte de Justicia considera inconstitucional reformas en Campeche que prohiben la adopción a gays

MÉXICO D.F. 16AGOSTO2010.- En sesión ordinaria en la Suprema Corte de Justicia, fue aprobada con nueve votos a favor y dos en contra, la SCJN declaró infundado el juicio que promovió Arturo Chávez Chávez el procurador de la republica, contra la reforma al Código Civil que permite este tipo de uniones en el DF. Manifestantes celebran el aval de la bodas y la adopción para parejas gay alas afueras de este recinto. FOTO: GUILLERMO PEREA/CUARTOSCURO.COM

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declarará inconstitucional la reformas aprobadas por el estado de Campeche, que de una forma camuflada buscan impedir que los homosexuales tengan derecho a la adopción de menores de edad a través de Sociedades de Convivencia, otorgándoles un trato diferente.

Esta premisa permitió, en su momento, el apartheid en Sudáfrica; es el tipo de premisa que soportaron las normas de discriminación en Estados Unidos después de la guerra civil hasta los años 60 del siglo pasado; es decir, “puede haber ciudadanos que por una distinción ya sea de raza o de preferencia sexual, tengan escuelas diferenciadas, lugares donde sentarse en un restaurante diferenciado, acceso a baños distintos, etc”.

“No hay nada nuevo bajo el sol en materia de discriminación y, por lo tanto, toda esta ley debería ser declarada inconstitucional”, indicó el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena

Agregó que la norma vista en su conjunto “parte de una de las premisas más siniestras que ha tenido el derecho moderno: separados, pero iguales”.

A su vez, Luis Maria Aguilar Morales, ministro presidente de la Corte, dijo que no debe importar cual sea el modelo familiar para conformar una familia, lo que se debe favorecer es la adopción, para que los niños que están en situación de calle u abandono, puedan convivir y desarrollarse en un hogar donde exista el afán de compartir una vida que se base en auténticos lazos de solidaridad, ayuda y afecto mutuo.

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Aguilar Morales, precisó que en los hechos el caso de la legislación de Campeche, que prohíbe que las sociedades de convivencia adopten, tiene como fondo la discriminación de las personas homosexuales.

Sin embargo el ex procurador general de la República, Eduardo Medina Mora, rechazó que la legislación de Campeche (que prohíbe la adopción a quienes viven en sociedades de convivencia, sean homosexuales o heterosexuales) sea discriminatoria, la mayoría del pleno coincidió en que los que viven en régimen de convivencia, ya sea en matrimonio o en concubinato, gozan de los mismos derechos constitucionales, entre éstos, la adopción de menores.

Pero al continuar la discusión de la acción de inconstitucionalidad que presentó la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Campeche en contra del artículo 19 de la Ley Regulatoria de Sociedades Civiles de Convivencia del Estado de Campeche, Medina Mora fue el único que justificó que la norma impugnada les impida adoptar, según dijo, éste tipo de unión “no tiene estímulos o condiciones de estabilidad y duración necesariamente de largo plazo, puesto que la sociedad en convivencia se da por terminada en caso de que alguno de los convivientes decida contraer matrimonio”.

“No existe el derecho de las personas o de ciertas figuras asociativas para adoptar un menor, sino el derecho constitucional de las niños y niños para acceder a una vida en familia en las mejores condiciones posible”.

Dejó ver que si las personas quieren adoptar en Campeche, entonces es mejor que se casen o vivan en concubinato, porque las sociedades federativas tienen libertad para definir los términos en que se dan las adopciones.

Luis María Aguilar cuestionó al ex procurador al señalar:

“¿Qué vamos a preferir, que tengamos en la calle niños, que según las estadísticas superan los 100 mil, que están pidiendo limosna, que están siendo explotados, dedicándose a las drogas, en lugar de vivir en una sociedad, en una convivencia, a fuerza de impedir que sociedades, porque tienen personas del mismo sexo, no lo pueden hacer?”

La mayoría de ministros se pronunció a favor del proyecto, por la inconstitucionalidad de la norma, pero con sus salvedades. Este martes se espera que se oficialice la votación, además los ministros analizarán si también invaliden la parte normativa del citado artículo que prohíbe que los conviventes puedan asumir la guarda o custodia de menores.

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