Avanza reforma contra la violencia vicaria, establece sanciones de hasta 6 años de cárcel
Se refiere a toda aquella violencia de género cuando un progenitor ataca a una hija o hijo con el objetivo de causar dolor a la madre.
El Senado de la República aprobó este martes una reforma contra la llamada violencia vicaria y ahora se discutirá en la Cámara de Diputados.
Las modificaciones están dirigidas a toda aquella violencia de género “perpetrada por interpósita”, es decir, cuando un progenitor ataca a una hija o hijo con el objetivo de causar dolor a la madre.
El paquete de modificaciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género se aprobó por unanimidad con 86 votos a favor.
Foto: Cuartoscuro – La Ley Vicaria sancionará hasta con 6 años de cárcel
Dichos cambios al Código Civil Federal, y Código Penal Federal, fueron turnados a la Cámara de Diputados para su análisis.
“Cualquier acto u omisión que, con el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres, se dirige contra las hijas y/o hijos, familiares o personas allegadas, ya sea que se tenga o se haya tenido relación de matrimonio o concubinato; o mantenga o se haya mantenido una relación de hecho con la persona agresora; lo anterior aplica incluso cuando no se cohabite en el mismo domicilio”, se estableció en el paquete de reforma.
Dijo que es un reconocimiento al trabajo de los colectivos y activistas que han denunciado estos casos en que personas sustraen a menores para ejercer violencia contra sus parejas o exparejas.
Foto: Cuartoscuro – Ahora se analizará en la Cámara de Diputados
“Por eso y más es muy importante la aprobación de la Ley Vicaria”, insistió.
La reforma tipifica las amenazas sobre causar daño, ocultar, retener o sustraer a hijas e hijos fuera del domicilio que comparten con sus parejas.
Así como utilizar a los niños para obtener información respecto de la madre o promover, incitar o fomentar actos de violencia física contra los menores.
Además la “Ley Vicaria” tipifica la conducta de aquellos hombres que fomenten la violencia psicológica y que descalifiquen la figura materna “afectando el vínculo materno filial”.
“Ocultar, retener o sustraer a hijas y/o hijos, así como a familiares o personas allegadas; interponer acciones legales con base en hechos falsos o inexistentes, en contra de las mujeres para obtener la guarda y custodia, cuidados y atenciones o pérdida de la patria potestad de las hijas y/o hijos en común; y condicionar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias a las mujeres y a sus hijas e hijos”, se lee en el paquete de reforma.
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