Cuando una persona cumple sus años de servicio laboral viene el pago de las pensiones y muchos cuentan con este pago en el Instituto Mexicano del Seguro Social, pero si por alguna razón la o el beneficiario vuelve a trabajar, ¿qué pasa con el dinero de la jubilación de la Pensión IMSS? Aquí te decimos antes de tomar una decisión.

La jubilación a través del IMSS puede tramitarse ya sea por los años de servicio o por cesantía; es decir, una vez el o la trabajadora tenga 60 años. Así, el instituto le dará un pago mensual conforme a la cantidad que se establezca a partir de las semanas que cotizó y el dinero que logró ahorrar durante todos sus años de trabajo, un beneficio que las nuevas generaciones no tendrán.

Pensión IMSS: Esto pasa con el dinero de tu JUBILACIÓN si vuelves a TRABAJAR
Debes cumplir ciertos requisitos para regresar a trabajar Credit: (Foto: Cuartoscuro)

Pensión IMSS: el dinero de mi jubilación

Ya sea porque se ahorró poco y el ingreso es menor a lo que se esperaba, es posible que se piense regresar al mundo labora, pero la Pensión IMSS tiene algunos requisitos que debes cumplir para no perder tu jubliación.

El primero de ellos es que no puedes regresar al mismo puesto de trabajo. Como segundo requisito es esperar, por lo menos, seis meses de espera entre la resolución de la pensión y el inicio de una nueva actividad laboral.

Por último, el salario que percibirás en tu nuevo empleo debe ser menor al 50% de lo que percibías anteriormente. Entonces, si de casualidad te ofrecen un empleo con mayor remuneración por tus años de experiencia, tendrás que decir que no o perderás tu beneficio y cuando dejes de trabajar, no habrá ni pensión ni sueldo.

Pensión IMSS: Esto pasa con el dinero de tu JUBILACIÓN si vuelves a TRABAJAR
El dinero de tu pensión se mantiene, pero deberás ganar 50% menos de lo que percibías antes Credit: (Foto: Cuartoscuro)

Supongamos que aceptaste el empleo y cumples con los requisitos que impone la Pensión IMSS para no perder el dinero de tu jubilación. Hay que aclarar que ya no podrás cotizar bajo la Ley 73 del Seguro Social, sino que pasarás a la Ley de 1997, lo cual implica otro proceso para la creación de tu Afore o Fondo para el Retiro.

Entendemos que la situación no es sencilla, por lo que es probable que consideres incorporarte al trabajo para no recibir solo el dinero de la pensión, pero quizá una alternativa sería entrar al mercado informal, donde no se te requerirá renunciar a tu pensión IMSS.

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