Pablo Montero olvidó la letra del himno de México durante la final de la Liga MX
Cambió la letra de la pieza escrita por Francisco González Bocanegra
Durante la final de la Liga MX, entre Cruz Azul y Santos, Pablo Montero fue el encargado de interpretar el himno de México en la ceremonia previa al partido. El cantante no tardó en hacerse tendencia en redes sociales, ya que cambió la letra.
Como es la costumbre en los partido de fútbol de la Liga MX, el himno nacional fue interpretado antes del saque inicial. Santos eligió a Pablo Montero para que entonara las notas de la pieza escrita por Francisco González Bocanegra.
Su interpretación se hizo viral. Y no fue por la emotividad, sino porque Pablo Montero olvidó la letra del himno de México y mezcló la letra.
¡UNA PENA! 😣
Así interpretó el himno nacional Pablo Montero durante el la Final de Ida entre #Santos y #CruzAzul ,sin embargo se equivocó en varias ocasiones 😓pic.twitter.com/vyuXR7kVHD
— Community Sports (@csportsag) May 28, 2021
Montero cambió la segunda estrofa del himno de México. En vez de cantar:
Ciña, ¡oh Patria!, tus sienes de oliva
De la paz el arcángel divino
Que en el cielo tu eterno destino
Por el dedo de Dios se escribió
Lo que Pablo Montero cantó fue:
Ciña, ¡oh Patria!, tus sienes de oliva
De la paz el arcángel divino
Que en el dedo tu eterno destino
Nos convoca al lidiar con valor
Como era de esperarse, las redes sociales no tardaron en criticar al cantante y lamentar su notorio olvido de la letra del himno mexicano.
Las redes sociales no tardaron en criticar la interpretación de Pablo Montero (Imagen: Twitter @Rene_Tovar)
“Puede parecer broma y seguro se gastarán chistes sobre el tema, pero que mal sabor de boca que el himno nacional no se lo sepan los cantantes. Es increíble lo de Pablo Montero,” tuiteó el periodista Rubén Tovar.
Esto nos recuerda el incidente con Ángela Aguilar, quien fue duramente criticada por alterar el ritmo del himno de México durante la pelea de Saúl Canelo Álvarez.
¿Puede ser multado?
De acuerdo con la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional, en su artículo 38 señala que: “el canto, ejecución, reproducción y circulación del Himno Nacional, se apegarán a la letra y música de la versión establecida en la presente Ley. La interpretación del Himno se hará siempre de manera respetuosa y en un ámbito que permita observar la debida solemnidad.”
En el caso del artículo 39, habla de sanción si se altera la letra o la música si tiene fines de lucro.
Mientras que el artículo 191 del Código Penal Federal: “Al que ultraje el escudo de la República o el pabellón nacional, ya sea de palabra o de obra, se le aplicará de seis meses a cuatro años de prisión o multa de cincuenta a tres mil pesos o ambas sanciones, a juicio del juez“.
***
Sigue la discusión masiva en nuestro canal de YouTube