La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la posibilidad de que los militares intercepten comunicaciones de civiles sin la autorización de un juez.

Fue este lunes 17 de abril cuando el ministro Luis María Aguilar Morales dijo que las justificaciones de las fuerzas armadas no son “claras ni suficientes”.

Lo anterior en relación al código de los militares que refiere algunos controles para intervenir en las comunicaciones de civiles.

Para el ministro el argumento de la milicia no genera certeza sino incertidumbre sobre cuál es el límite de esta atribución.

CORTE INVALIDA QUE MILITARES PUEDAN INTERCEPTAR COMUNICACIONES DE CIVILES SIN AUTORIZACIÓN DE JUEZ
Foto: Cuartoscuro – Ministro Luis María Aguilar Morales

Y es que el Ejército mexicano solo menciona la causa de estas intervenciones, pero no especifica sobre quién o quiénes pueden llevarse acabo estas acciones.

“Esto puede tener como consecuencia el uso arbitrario por parte de la autoridad ministerial, al poder realizarla, no sólo respecto de personal militar sujeto a una investigación sino sobre personas ajenas al fuero castrense”, explicó el juez.

La determinación de la SCJN llegó tras una acción de inconstitucionalidad que promovió la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).

De acuerdo a Proceso, el Pleno de la Corte invalidó con mayoría calificada la técnica de investigación contemplada en la reforma al Código Militar de Procedimientos Penales.

CORTE INVALIDA QUE MILITARES PUEDAN INTERCEPTAR COMUNICACIONES DE CIVILES SIN AUTORIZACIÓN DE JUEZ
Foto: Cuartoscuro – Luis Crescencio Sandoval, secretario de la Defensa Nacional.

De esta manera la SCJN concluyó el análisis de las reformas militares en las que se incorporó el modelo de justicia oral al fuero castrense.

Aquella vez también se estableció que los jueces militares pueden llamar a civiles a comparecer y colaborar en juicios.

En tanto los efectos de la resolución emitida este lunes tendrán efectos retroactivos sobre las reformas aprobadas el pasado 17 de mayo de 2016.

Además en la sesión se aprovechó para anular la facultad de los militares para asegurar cuentas bancarias sin la autorización de un juez civil, aunque el delito investigado sea del fuero castrense.

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Oaxaqueño. Comunicólogo. Recorrí a pie las calles de Oaxaca como reportero. Viví el futbol profesional como nunca en Nayarit y Zacatepec. Hoy redactor en Plumas y otros proyectos creativos. ¡Creo...