La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolverá las particularidades referentes a la figura de Prisión Preventiva Oficiosa que, de acuerdo con el argumento del ministro Luis María Aguilar, su existencia hace sombra a los derechos humanos. 

Debido a lo anterior, esta medida podría declararse inconstitucional. Aunque el Gobierno de México pidió al máximo tribunal considerar la seguridad pública del país, de las víctimas, de la impunidad y la persecución criminal en el juicio de amparo que está en revisión. 

Y es que, a través de la Prisión Preventiva Oficiosa se interviene en el momento de vincular a un acusado por delitos graves, proceso que podría verse afectado con el fallo que emita la SCJN.

Estos delitos no aplicarían Prisión Preventiva Oficiosa si se declara inconstitucional
Garantiza la permanencia del imputado durante todo su proceso penal | Foto: Cuartoscuro

¿Qué es la Prisión Preventiva Oficiosa?

La Prisión Preventiva es una figura legal que funciona como herramienta para un juez que ve la necesidad de encarcelar a un acusado sin que hayan sido condenadas.

Es decir, se trata de una medida cautelar que garantiza la presencia del imputado durante todo su proceso legal. Y se dividen en dos tipos: justificada y oficiosa; la primera es solicitada por el Ministerio Público y queda a consideración del juez la decisión de ejecutarla o no.

Mientras que, la Prisión Preventiva Oficiosa es dictada automáticamente por un juez debido a que el acusado enfrenta un proceso por delitos de gravedad estimados en el artículo 19 constitucional.

Estos delitos no aplicarían Prisión Preventiva Oficiosa si se declara inconstitucional
La prisión preventiva oficiosa podría declararse inconstitucional | Foto: Cuartoscuro

El debate sobre la permanencia de esta medida cautelar se efectúa en la SCJN luego de que el ministro Luis María Aguilar expuso la propuesta de declararla inconstitucional por considerarla parte del uso arbitrario del poder punitivo, así como una violación de los derechos humanos. 

No aplicaría Prisión Preventiva Oficiosa 

Los delitos graves estipulados en el artículo 19 constitucional, es decir, los que tienen que cumplir con Prisión Preventiva Oficiosa por ley son: 

  • Feminicidio 
  • Robo a casa habitación
  • Huachicoleo
  • Violencia sexual contra menores
  • Corrupción
  • Robo a transporte de carga
  • Desaparición forzada
  • Uso de programas sociales con fines electorales
Estos delitos no aplicarían Prisión Preventiva Oficiosa si se declara inconstitucional
Los delitos que obedece se estipulan en el artículo 19 de la Constitución | Foto: Cuartoscuro

Así como las ampliaciones de delitos aprobadas en 2018, tal es el caso de: desaparición forzada cometida por particulares, delitos que involucran el uso de armas y explosivos; así como delitos con uso de armas exclusivas de las fuerzas armadas.

La Prisión Preventiva Oficiosa ha sido el mecanismo con el que se ha dado seguimiento al proceso penal de imputados con alto riesgo de fuga o con delitos relacionados a la corrupción, como en los últimos años. 

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Entusiasta de contar historias y apasionada por temas de actualidad, cultura y agenda pública nacional. Lic. en Comunicación UNAM