Según lo estipulado en la Ley General de Salud, la donación de órganos se refiere al consentimiento otorgado por una persona para que cualquier órgano o tejido de su cuerpo sea utilizado para trasplantes.
Lo anterior puede ser en vida o después de su muerte, estas dos categorías están estipuladas en la Ley mexicana. Por lo que, es decisión individual elegir una de ellas.
Lo importante es sensibilizarse al respecto de este tema, pues son miles de personas que esperan por un trasplante de órganos. Pues, a través de la donación de órganos también se puede combatir el problema del tráfico de órganos. ¿Quieres saber más sobre cómo puedes ser donador de órganos?, aquí te compartimos todos los detalles.
Donador de órganos en vida
Los órganos que pueden ser donados en vida son: un riñón, sangre de cordón umbilical, médula ósea y un segmento del hígado.
Para ser donador en vida debes ser mayor de 18 años y no rebasar los 65. Además de pasar varios exámenes médicos y psicológicos. Entre los requisitos también está:
- Tener compatibilidad con el receptor del trasplante
- Haber recibido información completa sobre los riesgos de la operación y las consecuencias de la extracción
- Otorgar el consentimiento por escrito
- De no ser familiar, el consentimiento debe ser presentado ante notario público
Incluso, hay diferentes iniciativas para incentivar la donación de órganos, una de ellas pretende que esta información se proporcione en el INE como un método de sencillo acceso.
Donación de órganos tras la muerte
Para este tipo de donación se contemplan las causas de la muerte para determinar qué tipo de órganos se pueden donar. Si el deceso es a causa de paro cardíaco, los donantes solo podrán ofrecer tejidos.
Mientras que, si la muerte es encefálica se puede donar: corazón pulmones hígado, páncreas, intestino, riñones; o tejidos como córneas, tejido músculo esquelético, válvulas cardiacas, hueso y piel.
Para ser donar tras la muerte se necesita tener entre 2 y 80 años, además tendrán que dar positivo a los exámenes especiales realizados.
Hay dos tipos de donación tras la muerte, la primera es la donación tácita, en la que la persona no expresó en un documento su rechazo a ser donante pero tampoco su permiso. En este caso, son sus familiares los encargados de consentir si se puede hacer uso o no de los órganos.
La segunda es cuando la persona dio su consentimiento en vida y al momento de la muerte, se puede proceder con la donación. Para dar este consentimiento es necesario el registro en el Centro Nacional de Trasplantes, que puede ser realizado en su página de internet.
Con ese formato, queda expresado el deseo de donar órganos, tejidos y células después de la muerte para que estos sean utilizados en trasplantes. Así mismo, también existe un formato para dar a conocer la negativa de donación.
***
No te pierdas el mejor contenido de Plumas Atómicas en su canal de YouTube