Un juez federal de mente flexible ha concedido el primer amparo en su tipo para que un hombre poliamoroso pueda emprender un proceso para formar una familia plural entre más de dos personas en San Andrés Cholula, Puebla, abriendo un paso para que más personas puedan ejercer su derecho.
El Universal informa que después de dos años de haber realizado su demanda e impugnar los artículos 294 y 297 del Código Civil del Estado de Puebla, que establecen las definiciones legales del matrimonio y concubinato, el Juez Octavo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa, y de Trabajo y Juicios Federales en la entidad, finalmente le ha otorgado al hombre un amparo para que pueda vivir en una relación poliamorosa y garantizar sus derechos.
El juez consideró que no se pueden aplicar normas estigmatizadoras contra ciertas personas porque es discriminatorio.

“No existe razón de índole constitucional para no reconocer el matrimonio o el concubinato entre más de dos personas, ni tampoco existe ninguna justificación objetiva para no reconocer los derechos fundamentales que les corresponden como individuos”, sentenció el juez. “Asimismo, no existe justificación alguna para no reconocerles sus derechos cuando se conducen siguiendo su orientación sexual y se vinculan en relaciones estables y con pleno conocimiento de dicha situación por todos los involucrados en una relación sentimental”, explicó.
Sin embargo, la sentencia fue impugnada por la Consejería Jurídica del Estado de Puebla, y aunque los magistrados del Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito determinaron no analizar el fallo y mejor enviaron el caso para su resolución a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Pues, el #poliamor, las relaciones #poliamorosas son cada día más reales y van obteniendo reconocimiento de la Ley, aún falta mucho pero estos son los primeros pasos. #Puebla, sentencia de Amparo que reconoce estas relaciones y otorga la protección constitucional al quejoso. pic.twitter.com/yPAqSfjl19
— Licántropo (@gsm_skywalker) July 19, 2022
Pero la Primera Sala de la Corte rechazó asumir tal competencia y ahora será cuestión del Tribunal Colegiado dictar un fallo sobre el asunto.
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