reclusorios
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El pasado 14 de junio el Senado de la república aprobó en lo general una reforma llamada miscelánea penal, la cual reforma 10 ordenamientos del sistema de justicia acusatorio adversarial, en concreto, son reformas al Código Nacional de Procedimientos Penales, Código Penal Federal, Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Ley de Amparo, Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, Ley Federal de Defensoría Pública, Ley de Instituciones de Crédito, Código Fiscal de la Federación y la Ley Federal para la Protección de Personas (Vía La Jornada).

Con todo esto, aproximadamente 15 mil presos federales, y unos 36 mil que se encuentran en algún reclusorio del Distrito Federal serán excarcelados, es decir, más de 50 mil presos, siempre y cuando los jueces de control y amparo les otorguen la libertad condicional, acompañada de alguna garantía económica. Esto quiere decir que los imputados de algún delito menor pueden enfrentar sus procesos en libertad, o bien pagar una fianza o una reparación de los daños ocasionados a las víctimas.

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La miscelánea penal aplica a reos que cometieron delitos como fraude, robo de hidrocarburos, delitos fiscales, lavado de dinero, portación ilegal de armas, hurtos no violentos, todos los ilícitos de servidores públicos, falsedades (de documentos, declaración, etcétera) o delitos menores por drogas (Vía La Jornada). Según la nueva legislación, artículo quinto transitorio del decreto, todos estos delitos no son privativos de la libertad o acreedores a “prisión preventiva” por lo que los acusados podrán solicitar su libertad condicional y continuar el proceso bajo el principio de presunción de inocencia.

Con esta reforma, los únicos delitos en los que los sospechosos son puestos en prisión de manera preventiva son los indicados en el artículo 19 de la constitución que son: delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas y aquellos cometidos con armas o explosivos (Vía La Jornada). Estas modificaciones a la ley están relacionadas a la reforma del sistema de justicia en materia penal, la cual señala que el sistema pasa a ser de tipo acusatorio, adversarial y oral.

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En ese sentido, excluyendo los delitos graves, los acusados podrán obtener libertad condicional, en donde se les pondrán brazaletes electrónicos, o bien se les impondrá arraigo domiciliario, presentación periódica en el juzgado, prohibición de salir del país o una localidad, pago de fianza o reparación del daño.

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