La Cámara de Diputados aprobó prohibir terapias de conversión en todo México, lo cual se consideraba una agresión a la comunidad LGBT de todo el país. Por ello, se indicó que incluso habrá sanciones para quienes aún las apliquen.
Con 267 votos a favor, 104 en contra y 33 abstenciones, los legisladores aprobaron en lo general la iniciativa para reformar el Código Penal Federal y adicionar a la Ley General de Salud el artículo 465 Bis, con la que se busca prohibir y sancionar las terapias que se conocen como Esfuerzos por Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (Ecosig).
Aprueban prohibir terapias de conversión en todo México; estas son las sanciones
Con este fallo para prohibir las terapias de conversión en todo México, llegan diversas sanciones como llevar de dos a seis años de prisión a aquellos que aún las apliquen.

También la persona que resulte culpable, deberá pagar una multa de 1 mil a 2 mil veces el valor de la Unidad de Medida de Actualización (UMA); es decir entre 103 mil 740 y 207 mil 480 pesos, por realizar, impartir, aplicar, obligar o hasta financiar estas terapias Ecosig.
Además, se indicó que las sanciones aumentarán el doble cuando estas conductas se realicen contra personas menores de 18 años, adultos mayores o hasta personas con alguna discapacidad.
También se precisó que en caso que sean los padres o tutores quienes incurran en estas conductas, se les aplicará una sanción de apercibimiento o amonestación que considere el juez.
Incluso se dictó sanciones si existe una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquiera que involucre una subordinación con la víctima; y para quien se aproveche de la función pública para cometer el delito, a la persona la podrán destituir o inhabilitar de su cargo en lo que se realizan las indagatorias del delito.
***
Sigue la discusión masiva en nuestro canal de YouTube.
